Fallo Histórico en Tribunal de EEUU por Caravana de la Muerte

   

Una corte civil norteamericano ha logrado lo que la justicia chilena no ha podido lograr: enjuiciar y sentenciar a un integrante de la Caravana de la Muerte. A continuación presentamos detalles sobre el fallo histórico que encontró Armando Fernández Larios responsable en la tortura y muerte de Winston Cabello.

Comunicado
Antecedentes sobre la Demanda

Comunicado
(del Centro de Justicia y Responsabilidad)

15 de octubre de 2003

Un jurado del estado de Florida (EEUU) dictó cuatro millones de dolares en indemnización compensatorio y daños punitivos a la familia del economista chileno Winston Cabello, asesinado por la Caravana de la Muerte el 17 de octubre de 1973. El jurado civil encontró Armando Fernández Larios responsable por los delitos de tortura, crímenes de lesa humanidad y ejecución sumaria. El juicio representa la primera vez que se haya juzgado un operativo de Pinochet en los Estados Unidos por su responsabilidad de violaciones de derechos humanos cometidos en Chile durante la dictadura encabezada por Augusto Pinochet.

"La sentencia coincide con el quinto aniversario de la detención de Augusto Pinochet en Londres," declaró Sandra Coliver, Directora Ejecutiva del Centro para Justicia & Responsabilidad, que presentó la querella. "Pinochet nunca enfrentó juicio pero por lo menos hoy un tribunal de justicia reconoció que lo que la Caravana de la Muerte le hizo a Winston Cabello y los otros fue un crímen de lesa humanidad."

Los querellantes son Elsa Cabello, Zita Cabello-Barrueto, Karin Moriarty y Aldo Cabello, chilenos radicados en varias ciudades de California, EEUU. Son la madre, y hermanos de Winston Cabello, uno de más de 70 personas ejecutadas por la Caravana.

El jurado encontró Fernández Larios responsable cómo integrante de la Caravana de conspiración y incitación para cometer los crímenes de tortura, tratos inhumanos y la ejecución extrajudicial del Sr Cabello.

"Esta no es una victoria sólo para mi familia, sino para todas las familias y víctimas de la Caravana de la Muerte," declaró la familia Cabello. "Creemos que Fernández debe ser juzgado en un tribunal penal de Chile, pero nos alegra que este proceso le haya impedido su capacidad de vivir impune en los Estados Unidos."

La ley de amnistía promulgada por la Junta Militar en 1978 impide procesar a Fernández en Chile, y ley penal de los Estados Unidos no permite procesamiento por ejecuciones extrajudiciales ni tortura cometidas en otro país anterior a 1994. Sin embargo, dos leyes federales de los Estados Unidos, la Alien Tort Claims Act (ATCA) y la Torture Victim Protection Act (TPVA), permiten que víctimas de derechos humanos o sus familiares sobrevivientes presenten demandas civiles contra responsables que se encuentran en los Estados Unidos. Por lo tanto, la demana civil presentada por la familia Cabello era la única vía para perseguir justicia en encontra Fernández Larios.

Fernández Larios llegó a los Estados Unidos en 1987 a raíz de un acuerdo fiscal en el cual se declaró culpable de encubrimiento del asesinato del ex canciller chileno Orlando Letelier y su colaboradora Ronni Moffet, llevado a cabo por agentes de la DINA en 1976 en Washington,D.C. Al cumplir cinco meses en prisión, Fernández se radicó en Miami. Argentina ha pedido la extradición de Fernández Larios por su participación en el asesinato del General Carlos Pratts en Buenos Aires.

El juicio fue presentado por el Centro de Justicia y Responsabilidad, una organización sin fines de lucro de derechos humanos de San Francisco, California, que se dedica a poner fin a la impunidad en casos internacionales de derechos humanos, entablando demandas civiles contra responsables que viven en los Estados Unidos.

 

Antecedentes sobre la Demanda

¿En qué consiste este caso?
El día 17 de octubre de 1973, Winston Cabello Barrueto, conocido funcionario de planificación regional durante el gobierno del Presidente Salvador Allende, fue asesinado por una delegación militar chilena conocida como la "Caravana de la Muerte" en la ciudad de Copiapó, Chile.

En este caso, la madre del Sr. Cabello, sus hermanas y hermano, todos residentes estadounidenses desde los 1970, buscaron establecer la responsabilidad de un ex-oficial del ejercito chileno, Armando Fernández Larios, por su participación en el asesinato. Fernández Larios fue uno de varios oficiales de esa delegación militar que ordenaron o realizaron los asesinatos de más de 70 civiles entre septiembre y octubre del 1973.

Cargos criminales contra el general Pinochet en España y Chile se basaron en su responsabilidad alegada en ordenar el viaje de muerte de la Caravana. Sin embargo, Pinochet evadió su responsabilidad al ser declarado por cortes chilenas incapáz mentalmente de enfrentar a un juicio. Por lo tanto, el juicio civil marca la primera vez que cualquier miembro de la "Caravana" enfrente juicio por su responsibilidad en asesinatos perpetrados durante el viaje.

¿Quien era Winston Cabello?
Winston Cabello, de 28 años de edad, fue un oficial regional de dos distritos al Chile, Atacama y Coquimbo, durante el gobierno de la "Unidad Popular." Cabello fue altamente respetado en Copiapó. Fue designado a su cargo responsabilidad por su intelecto y experiencia como mediador entre diversos grupos políticos, aunque no tenía militancia en ningún partido. Cabello fue detenido el 12 de septiembre de 1973 y llevado al cuartel militar de Copiapó sin haber sido formalmente acusado por ningún delito. Fue detenido durante cinco semanas sin incidencia hasta la noche del 16 de octubre de 1973, cuando la "Caravana de la Muerte" llegó a Copiapó. Esa noche Cabello fue sacado del cuartel y asesinado junto con otros 12 presos civiles quienes también estuvieron detenidos después del golpe de estado.

¿Cuál fue la responsabilidad de Fernández Larios en el asesinato de Winston Cabello?
Los demandantes alegaron que Fernández Larios participó directamente en el asesinato de Winston Cabello, o que por lo menos ayudó o conspiró con otros miembros de la Caravana y oficiales locales quienes realizaron el asesinato. Fernández reconoció que a principios de octubre de 1973 acompañó al general Arellano Stark en la Caravana de la Muerte y que tuvo conocimiento de que durante el viaje de la Caravana civiles fueron asesinados en las ciudades donde estuvo la Caravana. Declaraciones tomados en tribunales chilenos y entrevistas públicas realizadas por periodistas chilenos implican a Fernández en asesinatos y torturas en muchas de las ciudades por donde estuvo la Caravana. Mientras que las pruebas muestran que Fernández pudo haber asesinado a Winston Cabello, los demandantes alegan que él mismo es responsable como cómplice por haber participado de manera voluntaria en la misión de la Caravana de torturar y asesinar a ciertos civiles detenidos en Copiapó y otros lugares en Chile.

¿Qué esperan lograr los demandantes y CJA con este caso?
La familia Cabello busca primero y sobretodo justicia, para ellos mismos y para todos los que tuvieron miembros de sus familias asesinados por la Caravana de la Muerte. Los perpetradores de dichos crímenes no deberían encontrar refugio en Estados Unidos. Los demandantes perciben este caso como parte de un esfuerzo mayor para documentar, reconocer, y asignar responsabilidad individual por violaciones de derechos humanos cometidos bajo la bandera de "seguridad del estado" durante el régimen de Pinochet. Estos abusos, de hecho, fueron herramientas de represión y terror contra la población civil. Finalmente, los demandantes creen que la impunidad es uno de los mayores obstaculos para el desarrollo de democracias emergentes, en particular en paises que recientemente han tenido periodos de abusos de derechos humanos por del Estado. A través de la presentación de esta demanda contra Fernández Larios, los demandantes esperan que puedan consolar y animar a personas en Chile y otros paises quienes sientan que la justicia se ha quedado atrás en la transición de las dictaduras a la democracia.

¿Por qué no fue entablado en Chile el caso?
Una ley de amnistía de 1978 prohibe que se presenten cargos en Chile contra oficiales chilenos por crímenes u operaciones clandestinas cometidas por oficiales bajo el general Pinoche entre el golpe de estado el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978, cuando se establecio un estado de sitio. Por lo tanto las familias de casi todas las víctimas de la Caravana en general no tienen un remedio en Chile.

No obstante, los tribunales chilenos han permitido que se abran casos en los que los cuerpos de las víctimas no han aparecido bajo la premisa de que estos son "crímines continuos" los cuales no están incluidos en la ley de amnisitía. Dado que el cuerpo de Winston Cabello fue encontrado en 1990, la familia Cabello no puede llevar a cabo una demanda en Chile contra los responsables por su muerte. Ambos, la Asamblea General de las Naciones Unidas y la Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos han criticado la ley de amnistía. Desde el intento de extradición de Pinochet de Inglaterra a España, los Tribunales chilenos han reconocido que violaciones continuas como las desapariciones no estan englobladas en la ley de amnistía, y un gran número de casos de abusos de derechos humanos durante el periodo 1973-78 han sido abiertos.

Estos casos fueron llevados a juicio y se obtuvo resoluciones en los mismos durante el año pasado. La ley de amnistía no tiene ningún efecto legal en los Estados Unidos. Los tribunales chilenos desestimaron los cargos presentados contra Pinochet en el 2002 por su responsabilidad en la Caravana de la Muerte despues de encontrar le incapaz de asistir a un juicio debido a alegadas deficiencias mentales y físicas. Parece poco probable que los tribunals chilenos ahora llevarán a juicio a otros participantes en la Caravana de la Muerte. El caso de la familia Cabello es el primero y quizá el único caso en el cual un participante en la Caravana será confrontado por la justicia por su responsabilidad en la Caravana.

¿Por qué una demanda civil? ¿Por qué no una demanda penal?
Solo los fiscales generales tienen la autoridad, bajo el sistema legal estadounidense, de iniciar una querella criminal. Ni ciudadanos privados ni organizaciones como CJA tienen capacidad para iniciar una querella criminal.

Hay varias leyes federales que permiten querella de este tipo por ciertos abusos graves de derechos humanos como tortura, genocidio, crímenes de guerra y terrorismo. Sin embargo, el Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ) no cree tener la autoridad de presentar cargos criminales en este caso. La ley estadounidense que entrega jurisdicción a los tribunales de Estados Unidos para oir estos casos criminales de tortura donde quiera que se hayan cometido fue aprobada en noviembre de 1994.

El DOJ mantiene la posición de que solo pueden presentarse demandas por actos criminales cometidos despues de esa fecha debido a la prohibición de aplicar las leyes penales con carcter retroactivo. La reclamación de los demandantes contra Armando Fernández Larios fue por crímenes cometidos en octubre de 1973 así que el DOJ no inició una querella por torturas contra el mismo. CJA proporcionó informes legales al Departamento de Justicia que establecen que demandas por torturas acaecidas antes de 1994 no violarían la prohibición de aplicicaion con caracter retroactive de la ley. Hasta la fecha el DOJ no ha presentado ninguna querella contra torturadores bajo la ley de 1994.

El DOJ intento llevar a cabo su primera acción legal en marzo del 2000 a partir de información proporcionada por CJA sobre un agente peruano de seguridad sospechoso de haber torturado a gente en Peru entre 1996-97 el cual estaba de visita en Estados Unidos. Sin embargo el FBI le puso en libertad después de que el Ministerio de Relaciones Exteriores (State Department) emitiera su opinión -ampliamente criticada - sobre el hecho de que esta persona gozaba de inmunidad diplomática.

¿Qué es CJA?
El Centro de Justicia y Responsabilidad (The Center for Justice and Accountability) es una organización internacional de derechos humanos sin fines de lucro con sede en San Francisco que trabaja para denunciar violadores de derechos humanos. CJA representa a sobrevivientes de tortura y familiares de las victimas de asesinatos sumarios en demandas civiles interpuestas en tribunales estadounidenses contra violadores de derechos humanos quienes viven en o estan de visita en los Estados Unidos. CJA también provee información a agencias del gobierno de Estados Unidos para ayudarles a encontrar, juzgar y deportar a violadores de derechos humanos dentro de los Estados Unidos, y promueve legislación y políticas apropriadas para asegurar que tales violadores sean responsables por sus acciones.

CJA fue fundada en 1998 con apoyo inicial de Amnistía Internacional USA y el Fondo Voluntario de las Naciones Unidas para las Víctimas de Tortura. CJA ahora es independiente de Amnistía Internacional USA, aunque ambas organizaciones continuan colaborando en muchos proyectos. CJA recibe apoyo legal de manera desinteresada de despachos de abogados, profesores, traductores e investigadores privados por todo el país. Todos los miembros del equipo legal respresentando a los demandantes en el caso contra Fernández Larios prestaron sus servicios sin costo alguno.

¿Cual fue el fundamento legal de la demanda?
El Acta de Reclamos de Agravio de Extranjeros (Alien Tort Claims Act o "ATCA"), adoptado en 1789, otorga a los sobrevivientes de abusos de derechos humanos notorios en cualquier lugar el derecho de demandar a personas responsables por los abusos en los tribunals federales de Estados Unidos. Desde 1980, la ley ha sido utilizada con éxito en casos de tortura (incluyendo violación), asesinato extrajudicial, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y detenciones arbitrarias. El Acta de Protección de Víctimas de Tortura (The Torture Victim Protection Act), aprobado en 1991 y suscrito y ratificado por el Presidente Bush en 1992, otorga derechos similares a ciudadanos estadounidenses y personas que no lo son para presenter demandas por tortura y asesinato extrajudicial cometidos en paises extranjeros. En general, el demandado debe recibir la demanda mientras este presente en Estados Unidos para que el tribunal federal tenga jurisdicción.

¿Pueden dar ejemplos de otros casos similares?
El primer caso presentado bajo el ATCA por derechos humanos fue Filartiga v. Peña-Irala. En 1976, el padre de un hombre joven quien habia sido torturado y asesinado en Paraguay mientras que estuvo bajo la custodia de la policía, vio al inspector de policía que participo en la tortura y asesinato de su hijo caminado por la calles de Manhattan. El padre llamó a las oficinas gubernamentales de inmigración (INS), y el INS arrestó al inspector de policía por haber excedido el tiempo permitido por su visado. El padre y la hermana presentaron una demanda contra el inspector y en 1980 un tribunal federal de Nueva York aceptó sus solicitud abriendo el camino para que otras demandas pudieran llevarse a cabo bajo el ATCA.

Uno de los casos más publicados en años recientes fue el caso contra el anterior presidente de Filipinas, Ferdinand Marcos. Despues de que se voto su exclusion del poder, encontró refugio en Hawaii. Mas tarde un jurado estadounidense le encontro responsable por la tortura y asesinato de disidentes Filipinos y ordenó a sus herederos a pagar casi US$2 billónes a las víctimas.

En julio de 2002 CJA obtuvo un fallo favorable de US$54.6 millón contra dos generales salvadoreños ambos exministros de defensa, quienes se habian jubilado en Florida en 1989. Un jurado en West Palm Beach, Florida, determinó que los generales tuvieron responsabilidad de mando por la tortura de los clientes de CJA - tres refugiados salvadoreños quienes ahora viven en Estados Unidos. Este caso fue el primer caso en el cual un jurado encontró que los comandantes eran responsables bajo la doctrina de "responsabilidad de mando." Esta doctrina establece que altos mandos pueden ser responsables por no tomar medidas para prevenir o castigar abusos de los que tuvieron conocimiento o debian haber tenido
conocimiento puesto que estaban siendo cometidos por sus subordinados.

¿Han podido los demandantes cobrar algo de los fallos judiciales?
Los demandantes no han tenido mucho exito en sus esfuerzos para cobrar cantidades de dinero por daños y perjuicios en fallos judiciales ya que la mayoría de los demandados han sido visitantes y no tenían activos en los Estados Unidos o aunque vivian en Estados Unidos no tenían activos significantes. CJA esta alineando sus esfuerzos en asegurar que Fernández Larios pague la cantidad en el fallo en su caso. El juez del contra los generales salvadoreños ordenó a una sociedad de inversión a que entregara a los abogados de los demandantes más de US$200,000 (para los demandantes) mantenidas en una cuenta del general Vides Casanova.

¿Cómo encuentra CJA nuevos casos?
CJA trabaja con comunidades de sobrevivientes, organizaciones de derechos humanos y centros de tratamiento para victimas de tortura en todo Estados Unidos para ayudar a los mismos a que buscan remedios legales por los daños sufridos. A veces las víctimas rehusan comunicarse con CJA debido a que están todavía traumatizadas y cuentran muy díficil hablar sobre sus experiencias, y a menudo temen de sufrir repercusiones hacia ellos o miembros de su familia que permanecen en su país de origen. Junto a este caso chileno, CJA ha entablado casos en nombre de demandantes de Timor Este, El Salvador, Bosnia, China, Honduras, Haiti, e Iran.


Para informarse más visite el sitio web www.cja.org

 

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