LOS TRIBUNALES SABIAN Y NO ACTUARON

   

 

Abogados de derechos humanos denunciaron tortura desde el primer momento.

Por Maxine Lowy

Julio 2005

A casi 30 años de la primera condena de la Asamblea General de las Naciones Unidas por tortura en Chile, el Ministro Alejandro Solís Muñoz, de la Corte de Apelaciones de Santiago se contrapone a décadas de negligencia de algunos magistrados y complicidad de otros con respecto a la práctica de tortura durante la dictadura militar.

El primer auto de procesamiento por el delito de tortura a 19 sobrevivientes de Tejas Verdes, fue dictado por Solís el 7 de marzo de 2005. Este 17 de junio pasado el Ministro Solís dictó un segundo auto de procesamiento, está vez, por 23 sobrevivientes de Villa Grimaldi.

Ambos autos de procesamiento que dictó Solís detallan los colgamientos, la aplicación de corriente eléctrica, los golpes, las violaciones, la privación de sueño, y otras prácticas subhumanas que fueron comúnmente ejercidas contra los detenidos en los campos de concentración establecidos después del golpe militar.

La Suprema se desentiende

Al conocerse la severa evaluación que hizo la Comisión Valech al poder judicial, los jueces de la Corte Suprema negaron cualquier responsabilidad institucional. Además algunos magistrados, como también algunos personeros políticos que colaboraron con la dictadura, afirmaron no haber conocido la existencia de los hechos documentados en el Informe antes de su publicación en diciembre 2004.

Sin embargo, múltiples ocasiones tuvieron para enterarse que la tortura fue ejercida desde el primer día de la dictadura. Organismos internacionales como Amnistía Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y organizaciones nacionales como el Comité Pro Paz y la Vicaría de la Solidaridad detallaron la práctica de tortura en Chile. Al mismo tiempo, recursos de amparo, incluso recursos de amparo masivos, y denuncias por abusos sufridos mediante detención arbitraria fueron interpuestos desde los primeros días de la intervención militar.

La tortura como instrumento de control

A fines de septiembre y principios de octubre de 1973, el abogado Andrés Aylwin, hermano del ex Presidente Patricio Aylwin, interpuso los primeros recursos de amparo a favor de personas arbitrariamente detenidas tales como dirigentes campesinos, un comerciante de Paine y personas detenidas en la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea (AGA). De algunos de ellos nunca más se supo, su detención fue negada por las autoridades militares y civiles de la época para posteriormente hacerlos desaparecer. De los sobrevivientes que volvieron a sus casas, la mayoría no querían ningún contacto con un abogado, permaneciendo mudos.

Don Andrés afirma: "Uno deducía que estas personas o eran testigos o ellas mismas habían sido muy golpeadas hasta quedar aterradas. Mucha gente empieza a sentir más miedo a la tortura que a la muerte. Había conciencia de que si te tomaban preso ibas a sufrir tortura. Al principio lo que las madres temían era que a sus hijos les torturaran. Decían, No quiero que mi hijo vuelva ciego, que mi hijo vuelva quebrado. Eso tú lo escuchabas desde el primer día".

En San Bernardo, donde Aylwin fue diputado hasta la clausura del Parlamento por la Junta Militar, hubo muchas detenciones de ferroviarios. El abogado se topaba con personas que le decían, "Fulano de tal volvió a su casa hecho pedazos. Pero no lo vayas a ver porque podría ser peor para él". Se temía ser nuevamente detenido o amenazado si denunciaba lo que le había pasado.

El terror fue la primera expresión pública de la tortura. De hecho, los verdugos de las dictaduras del mundo utilizan la tortura como instrumento de control tanto para el individuo cuyo cuerpo es objeto de tortura como para la sociedad. Los sobrevivientes ponen en evidencia para los demás el peligro que uno corre al oponerse al régimen, y así se asegura una población sumisa. La tortura, entonces, constituyó una piedra clave de la política estatal de terror de la dictadura cuyo objetivo era dominar a la población chilena por medio del miedo.

Conocimiento de causa

Antes de la creación del interreligioso Comité Pro Paz, Andrés Aylwin empezó a tomar casos desde su pequeña oficina en la calle Huérfanos, a media cuadra de los tribunales. Fue una especie de oficina ad hoc del Comité Pro Paz, igual que otros abogados que colaboraban con el esfuerzo ecuménico para defender la vida y mitigar el sufrimiento. Varios jóvenes abogados y egresados colaboraron, entre ellos Sergio Corvalán, recién egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, quien posteriormente, trabajó muchos años en la Vicaría de la Solidaridad. Por medio de esta oficina, impulsada por la valentía de Andrés Aylwin, los jueces tuvieron conocimiento de la práctica de tortura desde muy temprano.

Ya en 1973 los ministros de la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema recibieron en sus despachos testimonios que daban cuenta de la práctica de tortura. Tales testimonios llegaron por los recursos de amparo que detallaban los abusos y por los relatos proporcionados por testigos.

Cuando una persona era liberada, era muy importante su testimonio, señala Corvalán, porque se pensaba que ese testimonio lograría la liberación de otras personas detenidas. Estos testimonios acompañaban al recurso de amparo. Como después los detenidos permanecían detenidos, a veces por meses, volvían a contactarse con el testigo, pidiendo que hiciera una declaración notarial. Algunos notarios no querían recibir las declaraciones y "hacían actos de amedrentamiento para disuadir" al declarante, afirma Corvalán. No obstante, otros notarios tenían mejor disposición para recibir a la gente de una manera que no se asustara y que estuvieran dispuestos a firmar la declaración para que constituyera un documento auténtico y fidedigno.

Dieciséis años más tarde, en 1990, cuando Corvalán trabajara en la Comisión de Verdad y Reconciliación se volvió a encontrar con declaraciones notariales que él mismo ayudó a hacer en 1974.

Cara a cara con la prueba

Sin embargo, los jueces de la Corte de Apelaciones donde se presentaban los recursos quedaron inmutables. Recuerda Corvalán que muchos ministros les decían, "Cómo va a ser tanto?". Ante la negación de los jueces de lo que era voz populi, la oficina de Aylwin, como posteriormente hizo también el Comité Pro Paz, constató jurídicamente los hechos de tortura.

Andrés Aylwin llevó los primeros testimonios directos al Tribunal. Más de una vez presentó personalmente ante la corte a personas que habían sido torturadas para que el juez viera que el peligro del cual se quiso evitar con el amparo era cierto. Un caso particular fue el de una mujer campesina a quien le habían quemado los pechos. Lo dejó tan choqueado que se lo mostró al mismo Presidente de la Corte de Apelaciones.

En enero de 1974 Andrés Aylwin alegaba en el proceso de la desaparición de campesinos del sector de Paine en la Corte Suprema. Comúnmente los abogados alegaban en la Corte de Apelaciones que, contrario a lo que afirmaba el Ministro del Interior, sí habían sido detenidas las personas desaparecidas. Aunque procesalmente fuese posible, pocas veces se apelaba ante la Corte Suprema porque se veía que era un esfuerzo inútil. Como se habían juntado varios procesos, decidió apelar ante la Corte Suprema y pidió que algunas víctimas lo acompañaran para acreditar la detención. Cuando le tocó alegar, se juntaron alrededor de 50 personas. Los ministros "pudieron ver rostros de personas que habían sido testigos de la detenciones y de los malos tratos al momento que fueron arrestados."

Los abogados, como Andrés Aylwin, también defendieron a personas acusadas injustamente ante los Consejos de Guerra en 1973 y 1974, y a veces los fiscales militares permitían que entregara un resumen de su defensa por escrito, a pesar que la mayoría de estas audiencias eran orales. En más de una oportunidad, Sergio Corvalán escuchó a abogados defensores relatar al Consejo de Guerra que su defendido había sido torturado. Bajo el Código Militar las confesiones obtenidas por medio de tortura son inválidas. Aunque comúnmente a los abogados se les daba muy poco tiempo para reunirse con su defendido, las secuelas de tortura eran evidentes: un brazo malo, alguna lesión o simplemente estaba terriblemente amenazado y se notaba. Con frecuencia, el defendido era reacio a reconocer que lo habían torturado y menos dispuesto a denunciar, ya que permanecía preso.

Posteriormente, las defensas y escritos que presentaron el Comité Pro Paz y sobretodo la Vicaría de la Solidaridad ante la Justicia Militar incluían denuncias de "apremios ilegítimos" o "violencia innecesaria", el eufemismo jurídico para tortura. En algunos de estos casos la Corte Militar abrió procesos por apremios ilegítimos pero, Corvalán no conoce alguna investigación que haya culminado con condena de un militar o torturador.

A comienzos de 1974 el Comité Pro Paz elaboró una ficha que llenaban los asistentes sociales y también los abogados para recoger el testimonio de personas torturadas. Las fichas formaban la base para informes a organismos internacionales tales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Amnistía Internacional, que tenía especial interés en documentar casos de tortura. Posteriormente, el Comité Pro Paz, y después la Vicaría de la Solidaridad, presentaban un informe a la Corte Suprema, pidiéndole tomar medidas para impedir el mal trato a los detenidos.

Cuidando la imagen

Entre el 22 de julio y el 2 de agosto de 1974, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó su primera visita en terreno para constatar los informes que recibía sobre el atropello de los derechos humanos en Chile. La delegación visitó siete recintos de detención en Santiago, además de campos de concentración en Ritoque, Chacabuco, Tejas Verdes, Linares, Isla Quiriquina, Talcahuano y Concepción. En Santiago se instaló en el Hotel Crillon donde la delegación tuvo "un constante desfile" de denunciantes, señala el informe de su observación in loco. Posteriormente, la delegación elaboró un informe para la Organización de Estados Americanos (OEA) y dirigió una nota de preocupación a los gobernantes militares.

El informe señalaba nombres de personas que habían dado su testimonio directo a la Comisión. Algunos de ellos lograron salir de Chile y concurrieron a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU para ratificar las declaraciones juradas que se había remitido. El informe destaca que la Junta Militar respondió con anuncios en la prensa entre agosto y septiembre 1974, que afirmaban que se había destituido a algunos integrantes de la fuerza pública por habérseles comprobados su participación en actos de tortura a personas detenidas, confirmando así la veracidad de denuncias relativas a uno de los tipos de ataques a derechos humanos más reiteradamente recibidos por la Comisión.

En una carta con fecha 22 de octubre de 1974, el Almirante Patricio Carvajal, en su calidad de Ministro de Relaciones Exteriores, responde a las denuncias de la delegación de la CIDH. Asegura que, "el gobierno de Chile continúa trabajando en el resguardo de la libertad de todos y cada uno de sus habitantes y fiel al respeto de los derechos fundamentales, incluso mas allá de lo que las convenciones o Pactos lo obligan."

La campaña comunicacional de la Junta Militar no logró convencer ni acallar la crítica internacional. A partir de 1974, todos los años hasta fines de los 1980s, las Naciones Unidas elaboraba un informe sobre el estado de las violaciones de derechos humanos en Chile con un capítulo dedicado al tema de la tortura, con relatos detallados sobre casos de apremios.

Sergio Corvalán señala, "Bastaba con que la Corte Suprema, si no creía en el informe, hiciera una investigación para desvirtuarlo. O mejor aún, que con ese informe se hiciera una acción para proteger a las víctimas. No hizo ni lo uno ni lo otro. En realidad no hizo nada".

El 1 de marzo de 1975, después de otra condena más de la ONU, el propio Presidente de la Corte Suprema, Enrique Urrutia Manzano salió a la defensa del gobierno ad hoc militar: "ÉEn cuanto a torturas y otras atrocidades puedo afirmar que aquí no existen paredones ni cortinas de hierro y cualquier afirmación, al contrario, se debe a una prensa proselitista de ideas que no pudieron prosperar en nuestra patria". Urrutia restaba credibilidad a las denuncias internacionales, cuando cuatro meses antes, le había constatado lo mismo una fuente muy conocida y creíble para él: Andrés Aylwin, hijo de Miguel Aylwin, presidente de la Corte Suprema desde 1957 a 1960.

Andrés Aylwin tuvo acceso y familiaridad muy particular con los ministros debido a que varios de ellos, cuando eran jóvenes relatores, estuvieron en su casa visitando a su padre. Consternado por las barbaridades que constataba, en noviembre 1974, aproximadamente, Andrés Aylwin sostuvo conversaciones privadas con varios ministros de la Corte de Apelaciones y de la Corte Suprema conocidos por él. "Les conté como ser humano, no como abogado, las cosas que yo estaba viendo. Les pedí que hicieran algo porque estaban deteniendo a personas que después estaban desaparecidas; qué estaban torturando. Todo eso yo les dije. Ninguno mostró sorpresa. M dijeron, Si esto es una guerra".

La tortura se intensificó y se sistematizó. Los abogados de derechos humanos continuaron presentando recursos de amparo y denuncias y la Cortes de Apelaciones y Suprema continuaron rechazándolos.

A fines del 1980, la Asociación de Abogados Pro Derechos Humanos solicitó a la Corte Suprema la designación de un ministro en visita para investigar las denuncias de tortura ejercida contra siete personas por la Central Nacional de Informaciones (CNI). Se señala que desde enero a agosto de 1980 los abogados habían recibido más de 130 casos en que el detenido fue sometido a torturas. La petición afirma: "por sus características y por su repetición, parecen constituir una práctica habitual de algunos servicios de seguridad del Estado. Junto a esto pareciera que la población e incluso algunos autoridades se están habituando a la existencia de la tortura. Este fenómeno social de acostumbramiento colectivo debe evitarse a todo costo, no sólo por las víctimas de la tortura, sino que en bien de toda la sociedad." Los abogados no sólo pedían investigar los siete casos puntuales, también que la Corte Suprema actuara para poner alto a las prácticas inhumanas institucionalizadas por la dictadura militar. No obstante, el máximo tribunal "no dio lugar" a la solicitud de ministro en visita.

El marco jurídico sanciona el delito de tortura

Es importante recordar que los "apremio ilegítimos" eran delitos en Chile al momento del Golpe militar. Bajo los artículos 145 y 150 del Código de Justicia Militar sufrirán penas de presidio los funcionarios que decretan o prolongan la incomunicación, cuando un detenido es más vulnerable a malos tratos, y a quienes aplican tormentos o usan un rigor innecesario. El Código Penal en sus artículos 150 y 255 también tipifica como delito la tortura. Además, desde los Estatutos del Tribunal de Nuremburg y los Convenios de Ginebra, promulgados por Chile en 1950, la jurisprudencia relacionada a la tortura establece su prohibición como principio de ius cogens, una norma tan fundamental que ningún Estado lo puede derogar.

Entonces, no fue por falta de información.
Tampoco faltó el marco jurídico que codifique la tortura como delito.
Ni faltó denuncias para que actuaran los tribunales.
Hubo una falta de cumplimiento de deberes.

Como bien señala la Comisión Valech, se hubiese podido impedir que se siguiera torturando en Chile. La responsabilidad de la justicia chilena es que, pudiendo haberlo hecho, no cumplió sus funciones.

Los dos autos de procesamiento por torturas infligidas durante la dictadura militar, dictados por el Ministro de Fuero Alejandro Solís Muñoz en marzo y junio de 2005, son los primeros en la historia del poder judicial. Si bien, en la época más terrible de la dictadura, los Tribunales hicieron oídos sordos a los gritos de auxilio de los detenidos y negaron el ejercicio de la justicia al rechazar consecutivamente los recursos de amparos interpuestos, quizás ahora, con esta medida, se abra un nuevo camino procesal que permita que la justicia, a pesar de tarde, llegue por fin para las víctimas de tortura.

 

 

 

 

 

 

 

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