Consideraciones Jurídicas y Bíblicas para
Anular el Sobreseimiento de Pinochet

 

 

   

Ingreso Corte Suprema No 2627-2001.

Relator. Señor Contreras.

ACOMPAñAN DOCUMENTO CON CONSIDERACIONES JURIDICAS Y BIBLICAS PARA ANULAR EL SOBRESEIMIENTO DE PINOCHET:

Excma. Corte Suprema.

Juan Miguel Pavin V, abogado, por la Asociación Americana de Juristas, y Juan Subercaseaux Axnenábar, por el Colegio de Arquitectos, en relación con la causa seguida contra el procesado Augusto Pinochet Ugarte, instruida por el Ministro de Corte, don Juan Guzmán, bajo el Rol 2182-98, a V.Excma decimos:

Venimos en acompañar documento emitido por la corriente internacional "Somos Iglesia, Chile", que contiene diversas consideraciones jurídicas y bíblicas que demuestran el carácter insanablemente nulo del sobreseimiento de Pinochet, dictado por la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

POR TANTO, A V. EXCMA. CORTE PEDIMOS:
Tener por acompañado el referido documento.

LA CORTE SUPREMA DEBE ANULAR EL SOBRESEIMIENTO TEMPORAL DE PINOCHET.

1) El sobreseimiento temporal de Pinochet se resolvió en un incidente en Y. Instancia por dos ministros (Villarroel y Valdovinos) de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que se constituyeron en comisión especial al arrogarse las atribuciones de los tribunales del juicio oral penal, anticipando la aplicación de la Reforma Procesal en la Comuna de Santiago, violando crasamente la legalidad constitucional y el principio de la igualdad ante la ley.

2) Arguyeron las siguientes "pruebas": a) Tests conocidos por Pinochet de antemano (ej. El Luria Nebraska); b) Pruebas psicológicas ingenuas que permitian "probar" la "demencia" de Pinochet por el mero expediente de que contestara mal o más lento preguntas fáciles (ej. el test Wechsler de memoria); c) Práctica y evaluación de tests por desconocidos, no juramentados como peritos (ej. tests Wisconsin y Rorschach); d) Exámenes psiquiátricos y psicológicos sin control previo alguno de fármacos; e) Una pericia médico-legal supervisada, coordinada y redactada por la Dra. América González, que no fue perito nombrado por el Tribunal, que solamente subrogaba el cargo de Directora del Servicio Médico Legal, que no tenía ninguna de las especialidades requerida por la pericia, puesto que es sólo tanatóloga. Ella incluso en su especialidad de tanatología ha sido cuestionada por sucesivos gravísimos "errores" cometidos en las autopsias de horrorosos crímenes cometidos bajo la dictadura como ser el asesinato del militante socialista Carlos Godoy Echegoyen, por torturas en Quintero en febrero de 1985 que lo achacó a "muerte súbita". Igualmente informó como muerte por simple inmersión en las aguas del mar frente a Santo Domingo, el asesinato del joven demócratacristiano Mario Martínez y como simple inmersión en las aguas del río Tinguinirica el asesinato de Cecilia Magni Camino, dirigente del FPMIR, el 29 de octubre de 1988. Con posterioridad a la pericia, en marzo de 2001 se abrió un sumario en su contra por la responsabilidad que le cupo en la no-información a los familiares de los presos calcinados en el incendio de la cárcel de San Miguel en diciembre de 2000, de la entrega "intercambiada" de 3 de los cuerpos calcinados. f) Testimonios absolutamente parciales a favor de Pinochet, como los del mismo, su cónyuge, sus médicos de cabecera y el del Dr. Claudio Molina, ex Director Nacional del Servicio Médico Legal, bajo su dictadura.

3) El informe del Dr. Molina, de gran valor según el fallo, debe considerarse nulo, tachable y de ningún valor por las siguientes razones:

(1) Fue presentado por la defensa de Pinochet sin copia y dos minutos antes de la vista de la causa impidiéndose así su conocimiento y objeción por la parte de las víctimas.
(2) Fue hecho a petición de la familia de Pinochet y no del juez;
(3) Fue hecho sin examinar a Pinochet, sino en base a la pericia médico legal oficial, a la cual excedió inverosimilmente al afirmar, p.ej., que Pinochet "no tiene la posibilidad de valorar correctamente sus deberes y de obrar conforme a ese conocimiento". (O sea que ya no distingue entre el bien y el mal).
(4) El Dr. Claudio Molina, como ex Director del Hospital Psiquiátrico, nombrado por Pinochet el mismo 11 de setiembre de 1973 y como ex Director del Servicio Médico Legal. Fue varios años funcionario de absoluta confianza de Pinochet en el periodo más duro de su dictadura. Luego su informe carece de toda imparcialidad.
(5)Además el Dr. Molina tiene el antecedente que, como Director del Instituto Médico Legal, el 14 de setiembre de 1979, lanzó, personalmente, a la fosa común, en forma clandestina e ilegal, los restos de los detenidos desaparecidos asesinados en Lonquén, impidiéndoles a sus familiares que los velaran, hicieran sus funerales y les dieran sepultura. Dicha actitud fue calificada por el Arzobispado de Santiago como inconcebible, cruel, insensible e inhumana.
(6) El Informe del Dr. Molina, sin embargo, fue tan extremamente sobrevalorado en el rallo Villarroel-Valdovinos (sobreseimiento temporal) que las conclusiones médicas de éste copian 31 líneas de la argumentación de Molina contra 23 líneas que copian de las razones de otros 9 médicos juntos, sin perjuicio de no tomar nada de la argumentación de otros 3 médicos acompañada por los querellantes y que era concordante con la del Ministro Instructor Sr. Guzmán, opuesto al sobreseimiento.

4) El resultado de esta prueba ilegal y viciosa fue liberar a Pinochet, arguyendo esos jueces que él no podía ejercer sus derechos procesales, basados en 2 conclusiones médicas: Una, "por la apatía que lo desajusta de la realidad" y otra "por el temor de que sea sometido a un vejamen o trámite procesal que le produzca un nuevo infarto vascular con riesgo eventual de muerte", Ambas conclusiones son falsas y contradictorias. Si tiene "apatía" es imposible que tenga emoción y sufrimiento por una actuación procesal, la cual por su "desajuste de la realidad" no está en condiciones de calificar como "vejamen". Y si tiene emoción y sensibilidad frente al "vejamen" del proceso, no tiene "apatía".

5) Por otra parte su "apatía" o "demencia" está ampliamente desmentida por hechos públicos y notorios de su vida cotidiana, como su cena en el restorán "Cocoa Bongo" de comida peruana, en La Dehesa, apenas obtenida su libertad provisional en marzo de 2001, con 6 familiares, o su salida de compras al mall de Alto Las Condes por casi 1 hora en abril de 2001, ambas publicadas sin desmentido alguno en la prensa nacional. Por otra parte, Pinochet mismo reconoce en la pericia de Enero que usa habitualmente el computador "con dificultad". Y su defensa acompañó certificados de su cirujano dental Sr. Rubén Rosenberg Roffe en abril y mayo de 2001, que dan cuenta de la necesidad de su reposo por 15 días para recuperarse de una cirugía de implantes de piezas dentales que se hizo en toda la mandíbula inferior, a pesar de su diabetes, documentación que le sirvió para postergar su filiación. Todo ello, en una persona de 85 años, no hace sino confirmar la opinión personal de Jacqueline Pinochet que la salud mental y física y la memoria de su padre Augusto Pinochet están extraordinariamente bien comparadas con las de otras personas de su edad, opinión compartida públicamente por el propio Ministro J. Guzmán antes de la indagatoria.

6) Liberado Pinochet del proceso, inmediatamente tomó la iniciativa de enviar un mensaje a sus partidarios. Y lo hizo por intermedio del general en retiro Luis Cortés Villa a quien confirió el mandato de decirles lo siguiente: "Tengo un gran dolor porque soy inocente. Dígaselo a mis ministros de que me siento orgulloso de que ellos hayan trabajado conmigo. Dígaselo a mis generales y a mis soldados y dígaselo a toda la gente, que no sientan vergüenza por mí porque soy inocente. No es un momento para estar contentos, por lo tanto no es un momento para organizar caravanas de alegría." (El Mercurio, 15 de julio de 2001). Con estas palabras Pinochet revela que no padece de "la apatía que lo desajusta de la realidad", pues comprende muy bien el entorno político judicial que vive, y reasume su condición de líder de las Fuerzas Armadas. ¿Este es el demente cuya apatía lo desajusta de la realidad y cuyos partidarios declaran en su favor, pasándolo por loco?

7) La salvación de Pinochet del procesamiento basada en falsas razones de salud, importa la impunidad de los crímenes más horrendos cometidos en la historia de Chile:

(1) Genocidio de más de 3000 opositores políticos indefensos;
( 2) Terrorismo de Estado nacional e internacional; y
(3) Tortura de decenas de miles de opositores políticos. Ello importaría además no sólo un quiebre de la juridicidad, sino licencia impune para repetir el genocidio o el macro crimen, ya no en el futuro, sino que incluso ahora mismo. En efecto, quedaría el camino abierto para que, frente a una firme resistencia social o popular (p.ej. de jóvenes anti-globalización o del pueblo mapuche) los poderes fácticos reaccionarios puedan cooptar o contratar a veteranos criminales para reprimir al pueblo inmisericordemente, para después presionar al Poder Judicial para legitimar su sobreseimiento por una falsa "incapacidad" o "demencia". Y el Estado de Chile, especialmente los pobres que no eluden impuestos, pagarían indemnizaciones a sus propias víctimas, dejando impunes también económicamente a los genocidas como Pinochet, enriquecidos con cientos de millones de dólares.

8) Frente a este escenario inaceptable, demandamos a la Corte Suprema que declare admisibles los recursos de queja y casación en contra de la resolución Villarroel Valdovinos- en la forma y en el fondo, decretando la nulidad del sobreseimiento temporal de Pinochet y ordenando proseguir el juicio en contra de Pinochet.

Ello concuerda con el reciente compromiso de 19 Jefes de Estado de América Latina (Grupo de Río), con el "juzgamiento de los imputados de crímenes de lesa humanidad y el reforzamiento al respeto irrestricto de los derechos humanos en el mundo".

Y también con las resoluciones de la Corte Interamericana de Justicia que han declarado que los ordenamientos jurídicos nacionales deben garantizar la existencia y el ejercicio de recursos judiciales efectivos para sancionar las violaciones a los derechos humanos que puedan ser admisibles en su tramitación y en su fallo.

9) Finalmente, afirmamos solemnemente: En la Corte Suprema, los abogados jurarnos ejercer nuestra profesión de acuerdo a la Biblia. La sabiduría milenaria de ésta proclama:

"Al que declara inocente al culpable, los pueblos lo maldicen y las naciones lo desprecian; pero a quienes lo castigan les va bien y la gente los cubre de bendiciones"
(Proverbios 24, 24).

"Perdonar al culpable y condenar al inocente son dos cosas que no soporta el Señor"
(Proverbios 17, 15).

"Levanta la voz por los que no tienen voz; ¡Defiende a los indefensos! Levanta la voz y hazles justicia; ¡defiende a los pobres y a los humildes!"
(Proverbios 31, 8).

"Tu padre defendía los derechos de pobres y oprimidos, y por eso le fue bien. Eso es lo que se llama conocerme. Yo, el Señor, lo afirmo"
(Jeremías 22, 16).

"Si tienes compasión del malvado — no aprenderá jamás la justicia" (Isaías 26, 10). "Al juez que se sienta en el tribunal, Yavé le ayudará a hacer justicia"
(Isaías 28,6).

"La paz es obra de la justicia" (Isaías, 32,1 7)."Lucha hasta la muerte por la justicia, y el Señor peleará por ti"
(Eclesiástico 4,33).

 

MOVIMIENTO SOMOS IGLESIA-CHILE

Juan Miguel Pavín, Abogado

Juan 1. Subercaseaux, Abogado

Carmen Seeger, Cientista Política

Enrique A.Orellana, Profesor

Jaime Escobar, Editor "Reflexión y Liberación"

 

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