Ingreso
Corte Suprema No 2627-2001.
Relator.
Señor Contreras.
ACOMPAñAN
DOCUMENTO CON CONSIDERACIONES JURIDICAS Y BIBLICAS PARA
ANULAR EL SOBRESEIMIENTO DE PINOCHET:
Excma.
Corte Suprema.
Juan
Miguel Pavin V, abogado, por la Asociación Americana
de Juristas, y Juan Subercaseaux Axnenábar, por el
Colegio de Arquitectos, en relación con la causa
seguida contra el procesado Augusto Pinochet Ugarte, instruida
por el Ministro de Corte, don Juan Guzmán, bajo el
Rol 2182-98, a V.Excma decimos:
Venimos
en acompañar documento emitido por la corriente internacional
"Somos Iglesia, Chile", que contiene diversas consideraciones
jurídicas y bíblicas que demuestran el carácter
insanablemente nulo del sobreseimiento de Pinochet, dictado
por la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.
POR
TANTO, A
V. EXCMA. CORTE PEDIMOS:
Tener por acompañado el referido documento.
LA
CORTE SUPREMA DEBE ANULAR EL SOBRESEIMIENTO TEMPORAL DE
PINOCHET.
1)
El sobreseimiento temporal de Pinochet se resolvió
en un incidente en Y. Instancia por dos ministros (Villarroel
y Valdovinos) de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones
de Santiago que se constituyeron en comisión especial
al arrogarse las atribuciones de los tribunales del juicio
oral penal, anticipando la aplicación de la Reforma
Procesal en la Comuna de Santiago, violando crasamente la
legalidad constitucional y el principio de la igualdad ante
la ley.
2)
Arguyeron las siguientes "pruebas": a) Tests conocidos por
Pinochet de antemano (ej. El Luria Nebraska); b) Pruebas
psicológicas ingenuas que permitian "probar" la "demencia"
de Pinochet por el mero expediente de que contestara mal
o más lento preguntas fáciles (ej. el test
Wechsler de memoria); c) Práctica y evaluación
de tests por desconocidos, no juramentados como peritos
(ej. tests Wisconsin y Rorschach); d) Exámenes
psiquiátricos y psicológicos sin control previo
alguno de fármacos; e) Una pericia médico-legal
supervisada, coordinada y redactada por la Dra. América
González, que no fue perito nombrado por el Tribunal,
que solamente subrogaba el cargo de Directora del Servicio
Médico Legal, que no tenía ninguna de las
especialidades requerida por la pericia, puesto que es sólo
tanatóloga. Ella incluso en su especialidad de tanatología
ha sido cuestionada por sucesivos gravísimos "errores"
cometidos en las autopsias de horrorosos crímenes
cometidos bajo la dictadura como ser el asesinato del militante
socialista Carlos Godoy Echegoyen, por torturas en Quintero
en febrero de 1985 que lo achacó a "muerte súbita".
Igualmente informó como muerte por simple inmersión
en las aguas del mar frente a Santo Domingo, el asesinato
del joven demócratacristiano Mario Martínez
y como simple inmersión en las aguas del río
Tinguinirica el asesinato de Cecilia Magni Camino, dirigente
del FPMIR, el 29 de octubre de 1988. Con posterioridad a
la pericia, en marzo de 2001 se abrió un sumario
en su contra por la responsabilidad que le cupo en la no-información
a los familiares de los presos calcinados en el incendio
de la cárcel de San Miguel en diciembre de 2000,
de la entrega "intercambiada" de 3 de los cuerpos calcinados.
f) Testimonios absolutamente parciales a favor de Pinochet,
como los del mismo, su cónyuge, sus médicos
de cabecera y el del Dr. Claudio Molina, ex Director Nacional
del Servicio Médico Legal, bajo su dictadura.
3)
El informe del Dr. Molina, de gran valor según el
fallo, debe considerarse nulo, tachable y de ningún
valor por las siguientes razones:
(1)
Fue presentado por la defensa de Pinochet sin copia y dos
minutos antes de la vista de la causa impidiéndose
así su conocimiento y objeción por la parte
de las víctimas.
(2)
Fue hecho a petición de la familia de Pinochet y
no del juez;
(3) Fue hecho sin examinar a Pinochet, sino en base a la
pericia médico legal oficial, a la cual excedió
inverosimilmente al afirmar, p.ej., que Pinochet "no tiene
la posibilidad de valorar correctamente sus deberes y de
obrar conforme a ese conocimiento". (O sea que ya no distingue
entre el bien y el mal).
(4)
El Dr. Claudio Molina, como ex Director del Hospital Psiquiátrico,
nombrado por Pinochet el mismo 11 de setiembre de 1973 y
como ex Director del Servicio Médico Legal. Fue varios
años funcionario de absoluta confianza de Pinochet
en el periodo más duro de su dictadura. Luego su
informe carece de toda imparcialidad.
(5)Además
el Dr. Molina tiene el antecedente que, como Director del
Instituto Médico Legal, el 14 de setiembre de 1979,
lanzó, personalmente, a la fosa común, en
forma clandestina e ilegal, los restos de los detenidos
desaparecidos asesinados en Lonquén, impidiéndoles
a sus familiares que los velaran, hicieran sus funerales
y les dieran sepultura. Dicha actitud fue calificada por
el Arzobispado de Santiago como inconcebible, cruel, insensible
e inhumana.
(6) El Informe del Dr. Molina, sin embargo, fue tan extremamente
sobrevalorado en el rallo Villarroel-Valdovinos (sobreseimiento
temporal) que las conclusiones médicas de éste
copian 31 líneas de la argumentación de Molina
contra 23 líneas que copian de las razones de otros
9 médicos juntos, sin perjuicio de no tomar nada
de la argumentación de otros 3 médicos acompañada
por los querellantes y que era concordante con la del Ministro
Instructor Sr. Guzmán, opuesto al sobreseimiento.
4)
El resultado de esta prueba ilegal y viciosa fue liberar
a Pinochet, arguyendo esos jueces que él no podía
ejercer sus derechos procesales, basados en 2 conclusiones
médicas: Una, "por la apatía que lo desajusta
de la realidad" y otra "por el temor de que sea sometido
a un vejamen o trámite procesal que le produzca un
nuevo infarto vascular con riesgo eventual de muerte", Ambas
conclusiones son falsas y contradictorias. Si tiene "apatía"
es imposible que tenga emoción y sufrimiento por
una actuación procesal, la cual por su "desajuste
de la realidad" no está en condiciones de calificar
como "vejamen". Y si tiene emoción y sensibilidad
frente al "vejamen" del proceso, no tiene "apatía".
5)
Por otra parte su "apatía" o "demencia" está
ampliamente desmentida por hechos públicos y notorios
de su vida cotidiana, como su cena en el restorán
"Cocoa Bongo" de comida peruana, en La Dehesa, apenas obtenida
su libertad provisional en marzo de 2001, con 6 familiares,
o su salida de compras al mall de Alto Las Condes por casi
1 hora en abril de 2001, ambas publicadas sin desmentido
alguno en la prensa nacional. Por otra parte, Pinochet mismo
reconoce en la pericia de Enero que usa habitualmente el
computador "con dificultad". Y su defensa acompañó
certificados de su cirujano dental Sr. Rubén Rosenberg
Roffe en abril y mayo de 2001, que dan cuenta de la necesidad
de su reposo por 15 días para recuperarse de una
cirugía de implantes de piezas dentales que se hizo
en toda la mandíbula inferior, a pesar de su diabetes,
documentación que le sirvió para postergar
su filiación. Todo ello, en una persona de 85 años,
no hace sino confirmar la opinión personal de Jacqueline
Pinochet que la salud mental y física y la memoria
de su padre Augusto Pinochet están extraordinariamente
bien comparadas con las de otras personas de su edad, opinión
compartida públicamente por el propio Ministro J.
Guzmán antes de la indagatoria.
6)
Liberado Pinochet del proceso, inmediatamente tomó
la iniciativa de enviar un mensaje a sus partidarios. Y
lo hizo por intermedio del general en retiro Luis Cortés
Villa a quien confirió el mandato de decirles lo
siguiente: "Tengo un gran dolor porque soy inocente. Dígaselo
a mis ministros de que me siento orgulloso de que ellos
hayan trabajado conmigo. Dígaselo a mis generales
y a mis soldados y dígaselo a toda la gente, que
no sientan vergüenza por mí porque soy inocente.
No es un momento para estar contentos, por lo tanto no es
un momento para organizar caravanas de alegría."
(El Mercurio, 15 de julio de 2001). Con estas palabras Pinochet
revela que no padece de "la apatía que lo desajusta
de la realidad", pues comprende muy bien el entorno político
judicial que vive, y reasume su condición de líder
de las Fuerzas Armadas. ¿Este es el demente cuya apatía
lo desajusta de la realidad y cuyos partidarios declaran
en su favor, pasándolo por loco?
7)
La salvación de Pinochet del procesamiento basada en
falsas razones de salud, importa la impunidad de los crímenes
más horrendos cometidos en la historia de Chile:
(1)
Genocidio de más de 3000 opositores políticos
indefensos;
( 2) Terrorismo de Estado nacional e internacional; y
(3) Tortura de decenas de miles de opositores políticos.
Ello importaría además no sólo un
quiebre de la juridicidad, sino licencia impune para repetir
el genocidio o el macro crimen, ya no en el futuro, sino
que incluso ahora mismo. En efecto, quedaría el
camino abierto para que, frente a una firme resistencia
social o popular (p.ej. de jóvenes anti-globalización
o del pueblo mapuche) los poderes fácticos reaccionarios
puedan cooptar o contratar a veteranos criminales para
reprimir al pueblo inmisericordemente, para después
presionar al Poder Judicial para legitimar su sobreseimiento
por una falsa "incapacidad" o "demencia". Y el Estado
de Chile, especialmente los pobres que no eluden impuestos,
pagarían indemnizaciones a sus propias víctimas,
dejando impunes también económicamente a
los genocidas como Pinochet, enriquecidos con cientos
de millones de dólares.
8)
Frente a este escenario inaceptable, demandamos a la Corte
Suprema que declare admisibles los recursos de queja y casación
en contra de la resolución Villarroel Valdovinos-
en la forma y en el fondo, decretando la nulidad del sobreseimiento
temporal de Pinochet y ordenando proseguir el juicio en
contra de Pinochet.
Ello
concuerda con el reciente compromiso de 19 Jefes de Estado
de América Latina (Grupo de Río), con el "juzgamiento
de los imputados de crímenes de lesa humanidad y
el reforzamiento al respeto irrestricto de los derechos
humanos en el mundo".
Y
también con las resoluciones de la Corte Interamericana
de Justicia que han declarado que los ordenamientos jurídicos
nacionales deben garantizar la existencia y el ejercicio
de recursos judiciales efectivos para sancionar las violaciones
a los derechos humanos que puedan ser admisibles en su tramitación
y en su fallo.
9)
Finalmente, afirmamos solemnemente: En la Corte Suprema,
los abogados jurarnos ejercer nuestra profesión de
acuerdo a la Biblia. La sabiduría milenaria de ésta
proclama:
"Al
que declara inocente al culpable, los pueblos lo maldicen
y las naciones lo desprecian; pero a quienes lo castigan
les va bien y la gente los cubre de bendiciones"
(Proverbios 24, 24).
"Perdonar
al culpable y condenar al inocente son dos cosas que no
soporta el Señor"
(Proverbios
17, 15).
"Levanta
la voz por los que no tienen voz; ¡Defiende a los
indefensos! Levanta la voz y hazles justicia; ¡defiende
a los pobres y a los humildes!"
(Proverbios
31, 8).
"Tu
padre defendía los derechos de pobres y oprimidos,
y por eso le fue bien. Eso es lo que se llama conocerme.
Yo, el Señor, lo afirmo"
(Jeremías
22, 16).
"Si
tienes compasión del malvado no aprenderá
jamás la justicia" (Isaías 26, 10). "Al
juez que se sienta en el tribunal, Yavé le ayudará
a hacer justicia"
(Isaías
28,6).
"La
paz es obra de la justicia" (Isaías, 32,1 7)."Lucha
hasta la muerte por la justicia, y el Señor peleará
por ti"
(Eclesiástico
4,33).
MOVIMIENTO
SOMOS IGLESIA-CHILE
Juan
Miguel Pavín, Abogado
Juan
1. Subercaseaux, Abogado
Carmen
Seeger, Cientista Política
Enrique
A.Orellana, Profesor
Jaime
Escobar, Editor "Reflexión y Liberación"
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