Develando el Crímen de Tortura

   

 

El abogado Hiram Villagra integra el Equipo Jurídico de CODEPU desde 1987. Ha presentado querellas por más de 40 ex prisioneros torturados en Villa Grimaldi.

Entrevistado por Memoria y Justicia, Abril 2003

 

Fábricas del Terror

La dictadura sometió prisioneros a tortura desde el mismo día del golpe militar, el 11 de septiembre de 1973. Después la práctica de tortura fue institucionalizada por la DINA, el Comando Conjunto, y por el CNI, durante los años de protesta de los 1980s. Tortura sucede en diferentes contextos. Es importante señalar que practicamente todos prisioneros políticos fueron sometidos a tortura. Eso en si les hace víctimas de violaciones de los derechos humanos y les da el derecho de agitar el tema.

Dentro del sector de presos políticos, son clave los sobrevivientes de centros de tortura. Sus testimonios nos permite seguir presentando casos en contra de las fábricas del terror como fueron Villa Grimaldi, Venda Sexy, José Domingo Cañas, y otros lugares similares donde existió toda una estructura para aplicar tortura en una forma sistemática. Estos fueron verdaderas fábricas de tortura para producir un resultado determinado: la confesión, demoralización y miedo para el objetivo de facilitar la desarticulación de la oposición al regimen militar.

En los centros de tortura se emplea un recinto para el propósito de exterminar a un grupo, servir de cárceles secretas y generar los graves efectos de desaparición forzada en contra un determinado grupo social. Por lo tanto, la unidad criminal, la unidad de exterminación y la unidad de hechores son un solo equipo que actue en conjunto, lo cual configura un tema complejo

Testigos y, a la vez, víctimas

Cuando se empieza a haber procesos contra de la DINA, los presos políticos que pasaron por las casas clandestinas de tortura se asumieron como sobrevivientes. Declaran fundamentalmente en calidad de testigos. En la mayoría de procesos anteriores ellos se visualizan a si mismos como testigos de la desaparición de sus compañeros. Incluso las primeras agrupaciónes se llamaron a si mismas agrupaciónes de sobrevivientes de las diferentes casas de la DINA, cuya tarea principal era aportar a ubicar al paradero de las víctimas de la desaparición forzada.

La cantidad de víctimas de la tortura es muy alta. Están también los detenidos desaparecidos y los ejecutados que quizás murieron en Villa Grimaldi a consecuencia de la tortura y los torturados sobrevivientes. Hay una relación que se conjuega en muchos de ellos que son testigos y a la vez víctimas. Aquellos que aparecen declarando que vieron algún ejecutado morir en Villa Grimaldi o que vieron algún desaparecido con vida en Villa Grimaldi en esa misma declaración relatan sus propias torturas. Entonces se produce un complejo porque lo que hay detrás es una situación única.

Es a través de las presentaciones de dos acciones judiciales, uno en el 2001 en el Noveno Juzgado por la Academia de Guerra de (AGA ) y otro también en 2002 por Villa Grimaldi por la tortura, que tratamos de darle una autonomía propia al delito de la tortura. Todos estos sobrevivientes pasaron por situaciones sumamente graves. Allí se produce una paradoja. En general el reproche penal y derecho internacional a la tortura es muy alto. En derecho internacional se acepta algunas veces que se puede matar. Pero nunca se puede torturar. Y todos los pactos internacionales contienen provisiones contra la tortura. Se incorporó la tortura dentro de algún tipo de genocidio primero en la Convención contra el Genocidio (ratificada por Chile en 1953) y después en la Convención contra Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes (ratficada en 1988 por el régimen militar con reservas, las cuales fueron retiradas en 1991).

Tolerancia Cero para la Tortura

Sin embargo el reproche social y político era bastante menor. Las Comisiones de Verdad y Reconciliación no toman el tema de la tortura específico, de hecho lo excluyen. Cuando se empieza a presentar las primeras causas, se mira como tema menor. En Argentina expresamente, en la primera redacción de la ley de obediencia debida es bastante extraña porque excluye aquellos que participaron en actos aberrantes y inhumanos. Surgió entonces la pregunta, "actos aberrantes y inhumanos como desaparición forzosa?" Y la tortura? Quiere decir que no es un acto no humano y ilegítimo. Claramente existe la sensación de que la tortura no tiene esa forma de reproche.

Los sobrevivientes son testigos fuertes de lo que fue la tortura. La tesis de concentrar en pocos casos emblemáticos o los casos más graves de pérdida de la vida se rompe cuando se habla de tortura porque se produce una difusión que demuestra que la violencia que se ejerció contra los chilenos fue mucho más masivo. Hay un tema que nos preocupa que es la tendencia a aminorar la gravedad de la tortura, la importancia de la tortura, de manera que debe ser despejada. Cabe un tema muy grave que no ha sido tratado con todo rigor.

Niños Rehenes

En Villa Grimaldi hay dos tipos de procesos: de los sobrevivientes y de los ejecutados. El otro grupo que nos causa particular reproche son los niños rehenes. Se presentó una querella por torturas por un grupo de menores de edad, detenidos como forma de presión hacia sus padres. Van desde Macarena Aguiló que tenía 3 años de edad hasta la situación de Tito Peña y Hugo Chacaltana que son detenídos con 16 y17 años, respectivamente.

En general la represión a los niños existía un doble carácter. A los mayores se les castigaban por su militancia política propiamente tal pero además se golpeaban a su nucleo familiar que tenían una alta nivel de participación política. Hugo Chacaltana, por ejemplo, es sobrino de Atilio Ugarte Gutierrez, víctima de la Caravana de la Muerte. El otro caso de los menores derechamente son los rehenes. La DINA utilizó la táctica de la toma de niños rehenes para presionar a sus padres. Macarena Aguiló y las hermanas Lena y Casandra Natacha Pardex son los casos más claros de esta situación.

Más allá de casos extremos de niños obligados a escuchar la tortura de sus padres, tengo la convicción más absoluta que el sólo hecho de tener un niño en el ambiente de Villa Grimaldi es una forma de tortura. Aunque no sea tocado, ese niño va escuchar gritos, va ver gente endangrentada, va ver pasar por los pasillos encapuchados. Es el segundo tema del proceso y han sido citados a declarar en forma exhaustiva. Han prestado declaración Macarena Aguiló y las niñas Pardex aunque es más complicado porque viven en el exilio y son adultos ahora. Se da la paradoja de que Macarena Aguiló firmó su querella de tortura teniendo un niño de la misma edad - 3 años - de la que tenía ella cuando estuvo secuestrada y llevada a Villa Grimaldi. Bajo esa luz nos parece muy importante lograr que se visualice la tortura como crímen contra la humanidad, sobre todo el secuestro de menores utilizados como rehenes.

Hay avances en las investigaciones y nosotros creemos que dentro de poco vamos a tener un auto de procesamiento por tortura en Villa Grimaldi.

Vea Enfoque: Villa Grimaldi

 

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