RECLAMO POR DENEGACION DE JUSTICIA

AL PLENO DE LA EXMA. CORTE SUPREMA

Presentado el 11 de mayo de 2005

 

GUILLERMO KEGEVIC AHUMADA, Abogado, por si y en representación de mis mandantes que firman con éste Profesional, DRAGOMIR KEGEVIC AHUMADA, ex Alumno de la Carrera de Derecho, NINA REYES GUZMáN, Labores, EDGARDO ZARATE BARRERA, Contador y Profesor, FRANCISCO FUENTES NúñEZ, Profesor de Enseñanza Tecnológica, todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco N 1.623, Oficina N1.404, de la ciudad de Valparaíso, AL PLENO DE LA EXCELENTíSIMA CORTE SUPREMA, con respeto decimos:

Que, atendidas las graves irregularidades que están ocurriendo en la ciudad de Valparaíso, en lo que dice relación con la forma en que se están tratando o llevando, los casos que investigan los tribunales sobre violaciones a los Derechos Humanos, la falta de interés, y los atropellos que se están cometiendo por parte de quienes tienen la obligación de impartir justicia, es que nos vemos en la necesidad imperiosa y más que eso, en la necesidad de exigir como ciudadanos de la República, a quienes nos protege nuestra carta Fundamental, que el pleno de la Excelentísima Corte Suprema tome conocimiento de estos hechos e imparta las instrucciones u ordenes pertinentes para poner fin a la "Denegación de Justicia", en que nos encontramos en la actualidad.

LOS HECHOS
Con fecha 9 de Julio de 2003, Guillermo Kegevic Ahumada y Dragomir Kegevic Ahumada, presentaron querella criminal por el Secuestro y Tortura con posterior resultado de muerte, cometido en contra de GUILLERMO KEGEVIC JULIO, y además, realizaron la denuncia sobre la extraña muerte del ex prefecto de Investigaciones de Valparaíso, don LUIS BUSTOS MARCHANT, situaciones en las que se encontraba y se encuentra involucrado el actual "Fiscal Procurador del Consejo de Defensa del Estado" de Valparaíso ENRIQUE VICENTE MOLINA, y en esa época (1973 a 1974) Fiscal de Guerra, Capitán de Corbeta de Justicia y su Secretario Patricio Squiavetti Rosas.

Al momento de presentar la Querella se solicitó la designación de un Ministro en Visita, ya que, atendida la gravedad de los hechos expuesto y dado el caso que las personas involucradas, como responsables directos de lo ocurrido eran y son actualmente personas públicas que tienen altos cargos y que en definitiva se suponía representaban a los ciudadanos que fueron torturados y perseguidos por el régimen Militar. Sin embargo, un mes después, de la presentación la Ilustre Corte de Valparaíso consideró que no era necesario tal designación pasando los antecedentes al conocimiento al Primer Juzgado del Crimen de Valparaíso.

Debo señalar a ésta Exma. Corte Suprema, que prácticamente nada se avanzó, ya que a esta parte, siendo querellante y denunciante, no ha podido colaborar en la investigación y menos se le concedió el conocimiento del sumario.

Posteriormente, asumió una Jueza sub-rogante, la que nada nuevo aportó o investigó, y después fue una sucesión de Jueces y funcionarios que tomaron conocimiento de los procesos, quedando la causa prácticamente en abandono absoluto por parte de quienes tienen la responsabilidad de esclarecer de cómo ocurrieron los hechos e impartir justicia.

Paradójicamente, en la causa autoriza poder el Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, ENRIQUE VICENTE MOLINA, y designa como su abogado patrocinante a JUAN GARCíA BILBAO, funcionario del mismo Consejo del Estado que él dirige y Abogado Penalista de esa Institución de Gobierno, al que no solo se le dan las facilidades para enterarse de la tramitación del juicio, sino que, además, toman conocimiento del sumario conjuntamente con los Procuradores del Consejo del Estado, en otras palabras, por hechos imputables como persona natural a su Fiscal Procurador, el Consejo lo defiende prácticamente "Institucionalmente", con todas las garantías y privilegios que goza dicho organismo.

Con fecha 20 de Febrero de 2004, se presenta querella criminal en contra de ENRIQUE VICENTE MOLINA y contra todos los que resulten responsables por el Secuestro y Torturas con resultados de lesiones graves de por vida, cometidos en contra de doña NINA REYES GUZMáN, la que es admitida a tramitación y acumulada a la causa de GUILLERMO BALTAZAR KEGEVIC JULIO y denuncia del que fuera prefecto de Valparaíso don JUAN BUSTOS MARCHANT, solicitando nuevamente en Marzo de 2004 designación de Ministro, lo que fue rechazado por la Ilustre Corte de Valparaíso.

Continuando con las múltiples actuaciones y atendido el hecho que por entrar en vigencia la Reforma Procesal Penal en la Quinta Región, las causa fueron remitidas al Segundo Juzgado del Crimen de Valparaíso, Tribunal en el que más de seis Jueces tuvieron el expediente en sus manos y nada se logró. Incluso con fecha 28 de Abril de 2004, se pide conocimiento del sumario y se solicita diligencias a lo que el Tribunal, "no dio lugar", y ni siquiera concedió la Apelación por lo que la parte querellante recurre de hecho a la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso y ésta ordena que se debe conceder el Recurso de Apelación en tiempo y forma.

Con fecha 02 de Julio de 2004, ingresan los autos a la Secretaría de la I. Corte de Apelaciones y se le asigna el N5.061-04, es decir, hace diez meses, y para colmo de la gravedad el abogado del Consejo de Defensa del Estado de Valparaíso, Juan García Bilbao, en la única oportunidad que la causa figura en Tabla, logra sacar la causa en trámite con el argumento de que, la parte querellante"tenía conocimiento del sumario", situación ilógica, falta de racionalidad y con un argumento insostenible, ya que, quién apeló de la negativa del conocimiento fue precisamente la parte querellante.

Situaciones como estas, son las que nos han llevado a solicitar la intervención del pleno de la Exma. Corte Suprema, con la esperanza de que se ponga atajo a esta engorrosa situación que en definitiva al parecer da la impresión que estamos en presencia de no quererse investigar los hechos.

Con fecha 11 de Enero de 2005, se presenta querella criminal en contra de ENRIQUE VICENTE MOLINA y otros, por los delitos de "Asociación ilícita, Secuestro y Tortura con resultados de lesiones graves permanentes", en la persona del Profesor EDGARDO ZARATE BARRERA.

Con fecha 11 de Enero de 2005, se presenta querella criminal en contra de los Carabineros MARCELO VARGAS GOAS, OSCAR CORREA CORREA Y GUILLERMO PEñA GONZALEZ, además de ENRIQUE VICENTE MOLINA y contra todos los que resulten responsables por los delitos de Asociación Ilícita, Secuestro y tortura, cometidos en la persona de DRAGOMIR KEGEVIC AHUMADA.

Con fecha 20 de Enero de 2005, se presenta querella criminal en contra ENRIQUE VICENTE MOLINA y contra todos los que resulten responsables por asociación Ilícita, Secuestro y Tortura con resultados de lesiones graves permanentes, cometidos en la persona de FRANCISCO FUENTES NúñEZ.

Estas tres últimas causas señaladas precedentemente, se encuentran acumuladas a la querella criminal presentada con fecha 29 de Noviembre de 2004, por el profesional Héctor Salazar Ardiles, en representación de la familia del Ex Prefecto de Valparaíso, JUAN BUSTOS MARCHANT, por los delitos de "Secuestro, Aplicación de Tormentos y Homicidio", y como lo habían denunciado la familia Kegevic Ahumada, uno de los principales implicados es ENRIQUE VICENTE MOLINA, quién en su calidad de Fiscal de Guerra, con el rango de Capitán de Corbeta y su Secretario Patricio Squiavetti Rosas, fueron las últimas personas que lo vieron e interrogaron, además, de ser los responsables de la tramitación del Proceso Naval que llevaban en su contra.

Con fecha 06 de Enero de 2005, los Abogados HECTOR SALAZAR ARDILES y GUILLERMO KEGEVIC AHUMADA, solicitan a la Ilustre Corte de Apelaciones de Valparaíso, la designación de "Juez exclusivo para tramitar las causas señaladas", las que más adelante serán debidamente individualizadas. Resolviendo El Pleno, según Acta de 21 de Febrero de 2005, que acuerda negar lugar a la petición, pero "INSTRUYE A LA SEñORA JUEZA DEL JUZGADO DE VALPARAíSO PARA QUE PRESTE ESPECIAL Y PERSONAL ATENCIóN A LAS CAUSAS DE QUE SE TRATA", situación que en la practica no se ha dado y lo más probable es que no se de, ya que, no existe el ánimo de llegar a una resultado o a una sentencia que, en definitiva aclare los hechos en que está involucrados Personeros Públicos de Valparaíso.

Si el ánimo del investigador es dejar que el tiempo pase, evidentemente que se va a lograr, ya que como es de público conocimiento el 26 de Julio de 2005, se cierran todos los procesos por Violación a los Derechos Humanos, es decir, entra en vigencia la impunidad, por lo menos, si a los autores, cómplices o encubridores se les está regalando este beneficio, los afectados con estos delitos por lo menos debieran tener la oportunidad de saber quienes fueron los que los torturaron, ya que, ésta Exma. Corte Suprema, recordará, que los prisioneros de guerra o políticos, muchos de ellos, no los conocieron pues, se les mantenía encapuchados y de esta manera cobarde, protegían sus personas y familias.

RELACIóN DE JUICIOS SEñALADOS EN EL RECLAMO:
Todas las causas que a continuación se singularizan se tramitan ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Criminal de Valparaíso.
1. Causa ROL 145.783 J. Querellante: Guillermo Kegevic Ahumada y Dragomir Kegevic Ahumada, Querellado : toda persona que aparezca responsable imputado agentes del Estado y Enrique Vicente Molina. Denuncia por muerte de Juan Bustos Marchant.
2. Causa ROL 134.159 J. Querellante : Nina Reyes Guzmán. Querellado : Enrique Vicente Molina y otros.
3. Causa ROL 143.578 R. Querellante : Héctor Salazar Ardiles, en representación de la familia de Juan Bustos Marchant. Querellado : Contra quienes resulten responsables, involucrado Enrique Vicente Molina.
4. Causa ROL 143.613 J. Querellante : Dragomir Kegevic Ahumada. Querellado : Carabineros Marcelo Vargas Goas, Oscar Correa Correa, Guillermo Peña González, Enrique Vicente Molina y otros.
5. Causa ROL 143.612 J. Querellante : Edgardo Zarate Barrera. Querellado : Contra quienes resulten responsables y Enrique Vicente Molina.
6. Causa ROL 143.618 J. Querellante : Francisco Fuentes Núñez. Querellado : Enrique Vicente Molina y otros.

CASO SACERDOTE MICHAEL WOODWARD IRIBERRY.
El caso señalado tiene por objeto graficar al Pleno de la Exma. Corte Suprema, lo que ocurre en Valparaíso y es el reflejo de lo que nos está pasando actualmente en la tramitación de nuestras causas.
En efecto, se trata del secuestro calificado, tortura y desaparición del sacerdote Inglés, Michael Woodward Irribery, hechos ocurridos el año 1973, en el Molo y a bordo del Buque Escuela "Esmeralda", de la Armada Nacional, en la que estuvieron involucrados Oficiales de la Armada, Civiles y Fiscales Navales, entre los que se encuentra, en calidad de inculpado, el actual Fiscal Procurador del Consejo de Defensa del Estado ENRIQUE VICENTE MOLINA.
Debo señalar a SS.I., que la tramitación de dicha causa, ha tenido todo tipo de contratiempos e intervenciones de personas que han tratado de que se termine la investigación y no se determine a los responsables de la muerte y desaparición del sacerdote, a tal punto que en la actualidad los Tribunales Superiores Jerárquicos, determinaron sustituir a la Ministro en Visita designada, doña GABRIELA CORTI, y además, fue presentada en su contra una querella por "Prevaricación".

Lo más grave es que, se puede ver y detectar como el Sr. Vicente Molina, utilizando su cargo, rango y poder ha logrado tener acceso al expediente y en forma insólita ir recavando información para luego tratar de ser "Sobreseído en la causa", lograr fotocopiar todo el expediente, esgrimiendo como fundamento que, el Consejo de Defensa del Estado, las necesita para determinar si se "Hace parte", falsedad absoluta pues el Consejo nunca ha tenido la intención de hacerlo, por la razón lógica que su Procurador Fiscal se encuentra involucrado en los hechos. Todo ha sido una artimaña para conocer el estado de la investigación utilizando los medios que tiene el Consejo, principalmente de los Abogados RODOLFO CONTARDO (actualmente fallecido) y LUIS DíAZ ARACENA, quienes actuaron supuestamente por el Consejo.

En las causas, por las que se solicita la intervención de la Exma. Corte Suprema, ya individualizadas, en todas se encuentra involucrado el Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado y por ende, es imposible que se pueda llegar a buen término o con un mínimo de garantía. SITUACIóN ACTUAL DEL SEGUNDO JUZGADO DEL CRIMEN DE VALPARAíSO.

Es necesario que el Pleno de la Exma. Corte Suprema, este en conocimiento de lo que ocurre en el único Juzgado del Crimen que está quedando del sistema antiguo, y que es el que está conociendo de las causas sobre Violaciones de Derechos Humanos:
1. Las causas se encuentran prácticamente paralizadas, pues los funcionarios que las han tramitado, cambian constantemente, por lo que no se ha podido llevar una ilación lógica y clara.
2. Existen dos Jueces en un mismo Juzgado, que se reparten los escritos para resolverlos. 3. El desorden de causas es terrible y la calidad de los funcionarios que quedaron en este sistema es malo o bien carecen de conocimiento jurídico.
4. La Magistrado María Elena González Barra, debería haberse inhabilitado, ya que, su hijo, es "Funcionario del Consejo de Defensa del Estado", por lo que el Abogado PERSONAL de Vicente Molina, y además, Abogado Penalista del Consejo, JUAN GARCíA BILBAO, tiene acceso a toda la información situación que no se da con los Querellantes, que No tenemos Conocimiento del Sumario.
POR TANTO;
Y de acuerdo con lo expuesto y derechos que nos consagra nuestra Constitución Política de la República; ROGAMOS al Pleno de la Exma. Corte Suprema, tener por presentado reclamo por "DENEGACIóN DE JUSTICIA", y ordenar las diligencias oportunas para que vuelva a imperar el derecho, la equidad y la justicia en Valparaíso.

 

 

 

 

 

 

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